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Artículo 20. Entidades que no se
suprimirán. En desarrollo del Programa de Renovación
de la Administración Pública, el gobierno nacional
no podrá suprimir, liquidar ni fusionar el Servicio
Nacional de Aprendizaje (SENA), el instituto Colombiano de
Bienestar Familiar (ICBF), el Instituto de Seguros Sociales
(ISS), el INCI, el INSOR, el Instituto Caro y Cuervo ni la
Corporación Nasa Kiwe, ésta última hasta
tanto no culmine la misión para la cual fue creada.
Los ahorros realizados en el proceso de reestructuración
de dichas entidades, serán destinados a una mayor cobertura
de los servicios prestados por ellas.
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Ley 790 de 2002
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Noam Chomsky plantea
que una de las herramientas más eficaces para el manejo
del poder es la utilización de términos eufemísticos
en la información producida desde las esferas de mando;
es así como la muerte de civiles en los bombardeos en
Irak se leía en los informes de la Secretaria de Estado
norteamericano como pérdidas colaterales.
La mayoría de ciudadanos del mundo no se dieron nunca
por enterados de lo que significaba, e incluso generaba cierta
sensación de solidaridad con los soldados americanos
por cuanto eso de 'pérdidas colaterales' sonaba a dolores
de espalda o comida extraviada en el desierto.
La liquidación del ISS es una muestra clara del manejo
de la eufemística política en nuestro país;
hasta ahora ningún funcionario del Estado ha mencionado
la palabra liquidación: se habla de reforma, transformación,
reestructuración
En la práctica no se ha
expedido un documento que diga que la institución ya
no existe, entre otras causas porque el artículo 20 de
la Ley 790 que daba facultades extraordinarias al presidente
Álvaro Uribe para reformar el Estado, prohibía
expresamente la liquidación del ISS; por esa razón
algunos juristas consideran que el manejo del lenguaje en esta
situación es una forma del gobierno de 'pisar blando'
para evitar reacciones sociales, pérdidas políticas
y problemas de carácter legal en las decisiones.
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Según la senadora
Cecilia López, el gobierno utilizó una estrategia
encaminada a liquidar la entidad evitando el paso de la decisión
por el Congreso, lo cual estaba previsto en la ley: Tomaron
una artimaña creando una EPS ridícula y de bolsillo;
se inventaron la herramienta de quitarle la licencia al ISS,
cuando en este país hay una gran cantidad de EPS de garaje
que son un desastre; y a ellas, la Superintendencia no les quita
la licencia ni los investiga. Todo eso demuestra que esto lo
venían programando.
La tarea de liquidar el ISS sin liquidarlo, es según
muchos analistas lo que venía sucediendo con la institución
desde la implementación de la Ley 100, y las decisiones
de enero fueron el jaque mate en una partida bien planeada.
El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas
de Trabajadores, Carlos Ballesteros, señala como lo sucedido
es simplemente desmantelar al ISS de sus funciones por medio
de disposiciones legales, para dejar un presidente que podrá
terminar siendo meramente simbólico: El gobierno
nacional primero toma a la EPS y a través de la Supersalud
le quita las facultades para seguir contratando; luego anuncia
el Ministro de la Protección Social que entregará
los afiliados a una nueva aseguradora privada creada con alguna
participación del Estado, por lo que la EPS del ISS no
tendrá funcionalidad aunque no esté liquidada
formalmente; igual anuncia que la ARP del ISS será entregada
a La Previsora, y eso lo hará sin liquidar formalmente
el ISS, pero ya tampoco será Administradora de Riesgos
Profesionales. Al parecer lo único que queda por el momento
es Pensiones, frente al cual prepara un proyecto para ser presentado
al Congreso; el asunto es que en el sistema pensional la gente
se está yendo para otros regímenes, precisamente
por el pánico que ha generado el Ministro de la Protección
con las medidas; terminaremos con un ISS sin ninguna función
y sin liquidar formalmente: podría quedar un gerente
y nunca liquidar el Instituto.
La maniobra del gobierno evita desde la legalidad la prohibición
expresa de la Ley 790 de liquidar al Seguro Social, ya que según
el abogado Ballesteros, esa nunca fue la voluntad del Congreso
de la República, pues cuando el Legislativo dijo que
no se liquidara el ISS, pretendía que continuara funcionando
y no que se dejara un instrumento vacío, lo que ahora
está sucediendo en la práctica: La voluntad
expresa del legislador de mantener vivo el aseguramiento público
se refleja en varias acciones: Primero: La Ley 1122/07 que modifica
la Ley 100, expresamente hace referencia a la EPS pública
de nivel nacional, y el ISS es la única EPS pública
del nivel nacional, o sea que estaba haciendo referencia a un
ISS vigente como EPS; segundo: uno de los artículos dice
que todas las entidades públicas de cualquier nivel podrán
contratar el aseguramiento del riesgo profesional directamente
y sin acudir a la licitación ni concurso público
con el Instituto, y eso supone que el ISS se mantenía
luego de la reforma a la Ley 100
Otro aspecto que llama la atención fue lo inusitado de
la decisión de la Supersalud, ya que en octubre de 2006
durante la discusión de la reforma a la Ley 100, el superintendente
José Renán Trujillo fue consultado por los congresistas
sobre la existencia de alguna sanción preparada para
el ISS: su respuesta fue negativa y declaró que no tenía
interés en desarrollar ningún tipo de sanción.
Sin embargo, en noviembre inició una investigación
al interior del ISS, la cual según consta en el informe
final fue respondida de forma adecuada por el presidente del
Seguro Social, y mostraba que quizás la única
dificultad del ISS era la solvencia. Cuando el 15 de enero de
2007 se expide la resolución 028 de Supersalud, según
relata Esteban Zárate, ésta se produjo sin un
concepto del Consejo de Seguridad Social en Salud, violando
el debido proceso y mostrando un giro radical de la posición
manifestada en el debate de reforma a la Ley 100. |
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