MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 9    No. 105  JUNIO DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Efectos de la Ley 715 de 2001

Iván Darío Arroyave Zuluaga Docente y consultor - elpulso@elhospital.org.co

Los problemas del sistema de Transferencias que atendió el Acto Legislativo 001/01 y la Ley 715 son resueltos, según Planeación Nacional, al generar estabilidad y crecimiento real de transferencias, lo cual da certidumbre de recursos para la planificación de largo plazo, inclusión en las fórmulas de incentivos por resultados en cobertura y calidad (dinero en función de logro de metas), definición clara de competencias, reorganización de servicios de educación y salud, y distribución con base en necesidades, pues reconoce diferencias por equidad (dispersión poblacional, pobreza y déficit de cobertura). Igualmente se controla el crecimiento de costos, simplificando y controlando el flujo de recursos y se estimulan la inspección, vigilancia y control de los recursos y la calidad.
El ensayo “Análisis crítico del proyecto gubernamental de reforma al SGP”, del profesor Andrés de Zubiría y que sirvió de base para su intervención ante la Comisión Primera de la Cámara, en la Audiencia Pública al proyecto de acto legislativo, explica que mientras en 2001 las transferencias representaban 46,5% de los ICN, con la reforma pasaron en 2006 a 37,2%, es decir, disminuyeron en 5 años en 9.3 puntos porcentuales del recaudo total central (¡!).
Según el mismo autor, la Contraloría General de la República, en su estudio “La situación de las finanzas del Estado y Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro”, también encontró que la descentralización significó mayor recaudo fiscal en municipios, distritos y departamentos, al tiempo que consolidaron su ajuste fiscal, al pasar de un déficit equivalente a -0,3% del PIB en 1999, al superávit del 0,5% del PIB en 2004, mientras en 2005 las administraciones regionales y locales mostraron equilibrio financiero. Entonces con las normas de restricción en el gasto público territorial (Ley 550/98 y Ley 617/00), los ingresos propios de los municipios capitales y departamentos, crecieron más rápido que los gastos de funcionamiento en los últimos años, lo que significó la liberalización de recursos para la inversión.

 
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