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El POS-S parcial:
¿Hasta cuándo, Dios mío?
Iván
Darío Arroyave Zuluaga - Docente y consultor
- elpulso@elhospital.org.co
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A partir de la célebre
experiencia de Pasto (Acuerdo 233/02), que se plantea un poco
arbitrariamente como exitosa, se expiden los Acuerdos 267 y
269 de 2004 sobre subsidios parciales. La cobertura de este
subsidio son las enfermedades de alto costo; ortopedia, traumatología
y rehabilitación física; atención integral
a la gestante y los medicamentos requeridos para estas actividades,
además de atención integral al menor de 1 año.
La UPC-S parcial es variable según el municipio (39.5%
a 42% de la UPC-S plena) que Fosyga financia en un 40% ó
50% (según la categoría del municipio) y la otra
parte de la financiación está a cargo del municipio
y el departamento en la proporción que ellos acuerden,
con recursos de ampliación de cobertura y subsidio a
la oferta. Una UPC-S completa equivale a 2,6 cupos parciales
en promedio: El aumento de la cobertura va ligado al desmedro
de la integralidad del plan de beneficios, fenómeno típico
de la economía de la salud.
Actualmente, según lo prescrito en la Ley 1122 de 2007,
la ampliación de cobertura con subsidios parciales a
nivel municipal se hará una vez se haya logrado una cobertura
del 90% al régimen subsidiado de los niveles I y II del
Sisbén, y se aplicará únicamente para personas
clasificadas en el nivel III del Sisbén. También
están pendientes de reglamentar los mecanismos e incentivos
para promover que la población del nivel III del Sisbén
pueda, mediante los aportes complementarios al subsidio parcial,
afiliarse al régimen contributivo o recibir los beneficios
plenos del régimen subsidiado, como se intentó
fallidamente en el Acuerdo 190 de 2001.
El Plan Nacional de Desarrollo, enfocado en la universalización
del aseguramiento, establece que los subsidios parciales del
régimen subsidiado al plan de beneficios, tal como se
entiende actualmente el POS-S parcial, no se seguirán
implementando, y se irá llevando esta población
al subsidio pleno. La nueva modalidad a implementar es el denominado
subsidio a la cotización del régimen subsidiado
o del contributivo orientada a la llamada población
en transición (población que no es lo bastante
pobre como para ser beneficiario del régimen subsidiado
ni tiene capacidad de pago para acceder al régimen contributivo),
con recursos del Fosyga, del Sistema General de Participaciones
-SGP- u otras fuentes.
A propósito de ello, cabe recordar que el Programa de
Apoyo a la Reforma en Salud -PARS- en su estudio sobre Lineamientos
para la implantación de subsidios parciales en Colombia
(mayo 2002), concluyó que era poco recomendable la co-financiación
del aporte mensual por parte de los afiliados para la población
sánduche (principalmente trabajadores informales
no considerados pobres y vulnerables según la encuesta
Sisbén); el estudio señalaba que la experiencia
internacional mostraba de manera coherente que el recaudo de
la contribución que le corresponde a este segmento poblacional
no es factible (problema de valoración social del aseguramiento),
excepto en los casos en que el usuario hace selección
adversa (fallo de mercado de aseguramiento que en Colombia es
confundido con la selección de riesgos y el descreme
de mercado). La selección adversa es una maniobra del
usuario que implica que sólo contratan los servicios
del seguro los usuarios más riesgosos, auto-excluyéndose
quienes posean riesgos menores, como ya ha venido ocurriendo,
de hecho.
Y, a pesar de tanta mala evidencia, déle con lo mismo... |
Cobertura de POS
de los regímenes
contributivo y subsidiado (total y parcial) |
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| Más
información... |
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¿Qué es exactamente
el POS? - El MAPIPOS - Manual de Medicamentos y terapéutica
Sin duda, el más relevante elemento modulador del Sistema
General de Seguridad Social en Salud -SGSSS- es la unificación
de un plan de beneficios para todos los afiliados: el Plan
Obligatorio de Salud -POS- (y consecuentemente el diseño
de la Unidad de Pago por Capitación -UPC- como factor
de...
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El
paquete llamado POS-C / Plan Obligatorio de Salud para el régimen
subsidiado: POS-S
El régimen contributivo incluye, finalmente, dos tipos
de prestaciones: económicas y asistenciales.
Las prestaciones asistenciales son las que brinda el POS-C a
todos los afiliados (cotizantes y beneficiarios) y pueden ser
entendidas como la suma de los contenidos de... |
El
POS-S parcial: ¿Hasta cuándo, Dios mío?
A partir de la célebre experiencia de Pasto (Acuerdo
233/02), que se plantea un poco arbitrariamente como exitosa,
se expiden los Acuerdos 267 y 269 de 2004 sobre subsidios parciales.
La cobertura de este subsidio son las enfermedades de alto costo;
ortopedia, traumatología y rehabilitación física;
atención... |
Actualizaciones
al POS
Según la Ley 100 de 1993, los servicios de salud incluidos
en el POS deben ser actualizados de acuerdo con los cambios
en la estructura demográfica de la población,
el perfil epidemiológico nacional, la tecnología
apropiada disponible en el país y las condiciones financieras
del sistema. |
Exclusiones
y limitaciones del POS
Están excluidas de manera explícita en el MAPIPOS
las actividades, procedimientos e intervenciones que no tengan
por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación
de la enfermedad; los considerados cosméticos, estéticos
o suntuarios, y los que expresamente defina el Consejo de Seguridad
Social... |
Alto
costo en el POS
Hace poco, Conrado Gómez Vélez expresaba con la
mayor gracia, en un artículo de El Pulso (edición
89, febrero de 2006), que en Colombia ya no es temible
ser leproso sino costoso. Todos los sentidos están puestos
sobre el control de los costos y la identificación de
las personas con enfermedades y tratamientos de alto costo... |
UEl
POS Plus - Comités Técnico Científicos
y tutelas. Y, recobros / Comité Técnico Científico
-CTC-
El Plan Obligatorio de Salud -POS- es la obligación formal
a la cual está limitada una Empresa Promotora de Salud
-EPS-. Al respecto, la Supersalud manifiesta en varios conceptos
que -como lo reconoce la jurisprudencia del caso- la prestación
de los servicios de salud por parte de las EPS no puede salirse
del POS... |
La
acción de tutela en salud: Por la conquista de la integralidad
En la Constitución de 1991, se consagran en Colombia
mecanismos de protección de derechos fundamentales de
carácter más expedito, como es el caso de la acción
de tutela (artículo 86) -inspirada en el artículo
18 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes
del Hombre- creada para reclamar ante... |
Recobros
a Fosyga: Eso va palo arriba
El marco jurídico de este procedimiento está establecido
por el decreto 1281/02 (artículos 13 y 14), las resoluciones
2948/03, 2949/03, 3797/04, 2366/05, 3615/05 (Formatos), 4568/05
y 2933/06 del Ministerio de la Protección Social... |
Salud
mental: La “cenicienta” del POS
La Encuesta Nacional de Salud Mental de 2003 señala que
4 de cada 10 colombianos sufrieron en algún momento de
su vida un problema o trastorno mental: desde depresión
y estados de angustia hasta episodios sicóticos, pueblan
el panorama de la salud mental en el país, considerada
la cenicienta del... |
Un
ejemplo de desconocimiento
Las enfermedades cardiovasculares ocupan los primeros lugares
en las estadísticas de morbimortalidad del país,
y por la transición epidemiológica y demográfica
de la población, aumentarán exponencialmente en
próximos años; esto haría suponer que su
atención en los Planes Obligatorios de Salud... |
El
drama de los trasplantes: incluidos pero no aprobados
En el sistema de salud, la legislación sobre trasplantes
es relativamente completa; los trasplantes de córnea
y riñón están incluidos en el POS tanto
del régimen contributivo como del subsidiado desde 1994;
el de corazón aparece en el contributivo desde el mismo
año según la resolución 5261 y en el subsidiado... |
La
Nación da mal ejemplo al incumplir sus obligaciones con
el POS
Si aún se habla de la necesidad de ampliar el POS después
de tantos remiendos, es porque ese plan necesita un remezón
total. Analistas consultados coinciden en señalar que
la acción gubernamental ha sido coyuntural frente a problemas
muy de fondo. |
Dirección
Seccional de Salud de Antioquia: - ampliar el POS y los recursos
Martha Cecilia Osorio Díaz, directora de Seguridad Social
de la Dirección Seccional de Salud de Antioquia, es partidaria
de ampliar el POS, pero con recursos. Sobre las tutelas en Antioquia
indicó: Pasamos de recibir 70 al día a 36,
y se trata de impactar con una mejor prestación y oportunidad
en el servicio... |
Que
se cumpla la Ley y que se actualice el POS con criterio técnico
Gustavo Campillo, director de la Fundación Red de Apoyo
Social de Antioquia, abogó por una operatividad real
de los Comités Técnico Científicos, como
forma de evitar el comodín de la tutela... |
ACHC:
“La solución es actualizar oportunamente el POS”
Juan Carlos Giraldo Valencia, presidente de la Asociación
Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), propugnó
por la revisión total del POS: Toda la vida, las
EPS afiliadas de Acemi en el Consejo de Seguridad Social en
Salud, si no se han opuesto, sí han presentado resistencia
a nuevas inclusiones en.. |
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