La Supersalud publicó
en su sitio web (www.supersalud.gov.co) las instrucciones para
lograr su amparo jurisdiccional contemplado en el articulo 41
de la Ley 1122/07, específicamente para los casos de
cobertura del Plan Obligatorio de Salud -POS-, reembolso en
caso de urgencias, multiafiliación, libre elección
y movilidad. Asimismo, estableció los requisitos de admisión
de la solicitud de conciliación.
Los requisitos para petición de amparo jurisdiccional
son: La designación de la autoridad a la que se dirige
(Superintendencia Delegada para la función jurisdiccional);
nombres y apellidos completos del solicitante y de sus representantes,
con documento de identificación, dirección y teléfono;
el objeto de la petición; las razones o hechos en que
se apoya; la relación de documentos que se acompañan
y pruebas que se pretendan hacer valer, aportando las que se
tienen y solicitando las que considere; y firma del peticionario.
Se deben adjuntar 3 copias de la petición (2 con sus
respectivos soportes).
Y para admitir una solicitud de conciliación, los requisitos
son: La individualización de las partes y de sus representantes
si fuere el caso; cuando se trate de personas jurídicas,
acreditar su existencia y representación legal; indicación
del lugar en que deban surtirse las notificaciones a las partes;
la síntesis de los hechos; las peticiones; la estimación
razonada de la cuantía en que se fundamenta la petición
o peticiones; relación de las pruebas o elementos de
juicio que desee aportar; y copias del escrito y sus soportes,
tantas como partes pretenda se citen a la audiencia.
Mayor información en el Call Center (1) 650 08 70, en
la línea gratuita nacional: 018000910383 o en el conmutador
(1) 330 02 10 Ext. 3131, 3032, 3083, 3161. |