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Universidad del Norte:
Ley no define responsabilidades
de ARP y necesita revisión
Hernando
Guzmán Paniagua, Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Hernando
Baquero, decano de la División de Ciencias de la Salud
de la Universidad del Norte, ponderó virtudes y fallas
de la norma: Una gran bondad de la Ley del Talento Humano,
es garantizar la calidad en la prestación de servicios
de salud, con participación de un recurso humano idóneo.
A su vez, permite crear mecanismos de control y vigilancia del
desempeño del recurso humano en instituciones de salud,
por parte del Estado. Dentro de las limitaciones o fallas, está
el no definir la participación, compromiso o responsabilidad
de las ARP en relación con los hospitales universitarios;
suponíamos que la ley definiría este aspecto que
es ambiguo en el decreto 190 de 1996. En este sentido, se pierde
la integralidad del asunto.
Consideró además que la Ley del Talento
Humano pretende un alcance ambicioso, pero a su vez requiere
de una optimización. En general tiene aspectos muy positivos,
por cuanto trata de articular las actividades asistenciales
con las de Educación. Sin embargo, quizá por este
gran objetivo, se percibe ambigüedad en algunos aspectos,
dejando al descubierto vacíos que sugieren una contundente
revisión. |
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