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El sistema es
solidario,
pero no equitativo
Hernando
Guzmán Paniagua Periodista - elpulso@elhospital.org.co
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| El ex
ministro de Educación, Antonio Yepes, en la Asamblea Nacional
Constituyente fue coordinador de ponentes para redacción de
los artículos 48 y 49 de la Constitución del 91, que consagran
los derechos económicos y sociales, en especial los relativos
a la salud y la seguridad social, donde por primera vez se define
la salud como derecho humano fundamental de responsabilidad
del Estado. Sobre esa coyuntura, refirió: “Éramos tan conscientes
del cambio tan dramático en la orientación del sector social
del país, que en la plenaria de la Asamblea se nombró una comisión
de seguridad social para vigilar la aplicación de esas normas
y su desarrollo legislativo. La inquietud fundamental era que
se respetara el espíritu de la norma constitucional: la salud
como derecho humano fundamental con los principios de universalidad,
eficiencia y solidaridad, bajo responsabilidad del Estado, con
la posibilidad de que el sector privado participara”. |
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Agregó: “Vino
el desarrollo legislativo, la Ley 100/93; el director de Seguridad
Social del Ministerio de Salud, Félix Martínez, y la Comisión
de Seguridad Social de la Constituyente, coincidíamos en que
no eran compatibles dos tipos de POS con el espíritu de la Carta
Magna, y los estudios preliminares del Ministerio y de la Dirección
de Seguridad Social dejaban resultados positivos para hacer
un plan de salud único; claro, las condiciones económicas del
país en ese momento lo permitían. En mi concepto, el punto central
es que el sistema de salud depende de los vaivenes de la economía
de mercado, porque la base financiera del Sistema se soporta
en los aportes parafiscales de la nómina del sector formal de
la economía. En el mundo occidental, este sector es cada vez
menor, tiene una base financiera que no soporta la situación
y por tanto, la conclusión definitiva en estos años de aplicación,
es que es un sistema de salud solidario, pero no equitativo,
con graves problemas de calidad y oportunidad. Su orientación
es al asistencialismo, la promoción y prevención sin enfoque
familiar”. Indicó: “La sentencia es muy importante desde el
punto de vista de la filosofía de un Estado Social de Derecho,
para el respeto de los derechos fundamentales y recoger el espíritu
de la Constitución del 91.
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| No podría
afirmar que con el Sistema, como está integrado actualmente
en su base financiera, a pesar de la importante sentencia de
la Corte Constitucional, se pueda resolver el problema de fondo,
pues se basa en aportes normales de quienes tienen empleo formal,
y esos empleos cada vez son menos y llegamos a la situación
actual donde hay una gran inversión en recursos para salud,
gran avance del país en solidaridad, pero una gran inequidad,
falta de oportunidad, de calidad y de enfoque familiar, que
exigen un replanteamiento total del Sistema, sobre todo de su
financiación: es necesario, y es una tesis muy polémica, plantear
un tributo directo, para el acceso a un plan único de salud
de cobertura universal. Ello exige que el sistema tributario
sea muy equitativo, pero no podemos seguir dependiendo de la
parafiscalidad. Este debate se da en varios países, y en un
valioso estudio, el profesor Javier Eslava de la Universidad
Nacional de Bogotá, desarrolló un indicador internacional de
la equidad social en salud y demostró que Colombia ocupa un
lugar muy bajo en equidad en salud, y en general. Por ello,
la Sentencia es valiosa para armar el debate, para hacer las
cuentas, pero hoy no se beneficia ni el sector privado, las
EPS están en situación económica difícil. En el sistema quedan
por fuera la población más pobre, la rural, mejoramos en cobertura
de afiliación, pero todos sabemos que ello no equivale al acceso
a buen servicio”. Yepes Parra dijo finalmente: “Apoyo totalmente
la sentencia, es una reflexión de la Corte para hacer respetar
el espíritu de la Constitución vigente, un avance social importante
que merece una discusión amplia y que rescata el derecho esencial
de la salud”. |
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