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La sentencia que
puso a barajar de nuevo
Juan
Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co
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Para
muchos colombianos, el día de publicación de la
sentencia T-760 de la Corte Constitucional fue de fiesta nacional:
por primera vez una entidad de altísimo nivel de la estructura
del Estado puso plazos perentorios para corregir algunos de
los problemas más evidentes del sistema de salud, lo
cual visto a la luz de realidad no garantiza nada, pero por
lo menos debería llamar a una reflexión profunda
sobre los resultados y la conveniencia del modelo de salud adoptado
desde 1993.
Pasados algunos días, una conclusión del doctor
Félix Martínez, presidente de Fedesalud, es que
llegó el momento de barajar de nuevo, dada la degeneración
del sistema hacía el asistencialismo: La salud
en un sistema de seguridad social funciona con base en contribuciones
obrero-patronales, donde el Estado suple el déficit de
las contribuciones, tanto así que la definición
de subsidios de la Ley 100 dice que el régimen subsidiado
financiará cuando el ciudadano no tenga capacidad de
pago. |
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Por
eso la ley habla de subsidios a la cotización y no de
planes pequeños, reduciendo los planes de beneficios
para alcanzar coberturas. La salida es lo contrario, fomentar
el trabajo formal, aumentar las cotizaciones subsidiando y reducir
el costo de aportes en sectores críticos como las microempresas,
agricultura, construcción y a los trabajadores independientes;
así el Estado complementa la falta de capacidad de pago
en sectores críticos. Como se hace ahora, con subsidios
de asistencialismo masivo (régimen subsidiado), en el
futuro el problema será mayor ya que el 70% de los trabajadores
colombianos quedará sin pensión y serán
personas a las que el Estado tendrá que financiar la
salud. El Estado está suicidándose asumiendo para
siempre el manejo de la salud del 70% de la población.
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La sentencia
produce otra reflexión: la importancia de la Corte Constitucional
como salvaguarda del derecho a la salud de los colombianos y
el papel que tomó como ordenador de decisiones que se
supone son de la esfera del Ejecutivo.
Para el doctor Martínez, con la Constitución del
91 se da un nuevo contrato social, con una negociación
entre intereses económicos y sociales; esa negociación
permitió la privatización de algunos sectores
(educación, salud y servicios públicos), y a cambio
se garantizaron unos derechos. La Corte Constitucional, garante
del nuevo contrato social, ha visto que no se pueden dar
todos los derechos económicos a los particulares y burlar
el compromiso de los derechos sociales que estableció
la misma Constitución; la negociación tiene que
cumplirse o si no barajemos de nuevo. Y en el caso de
la salud, el incumplimiento del contrato ha sido
flagrante: Las reglas de la salud estaban claramente establecidas
en la ley y en la Constitución, y se han burlado repetidamente,
por particulares y por el mismo Estado. La sentencia muestra
que no se puede burlar la Constitución, no se puede seguir
dejando para mañana el cumplimiento de los derechos de
los colombianos simplemente porque hoy no podemos: ese derecho
progresivo, es decir, vamos haciendo en la medida que podemos,
justifica y sostiene las grandes inequidades en la sociedad.
Una cosa son contratos y otra la Constitución
La Sentencia T-760 separa el alcance de contratos entre el gobierno
y particulares, y los derechos de los ciudadanos. Para el doctor
Martínez, los contratos del gobierno con empresas de
salud, con un Plan de beneficios específico, se deben
cumplir y respetar; pero cuando los ciudadanos necesitan algo
no estipulado en el contrato, hay que darlo en virtud del derecho
a la salud, sin ser una obligación para el operador:
La Corte es reiterativa en que respeta el contrato y que
estos no se pueden confundir con el derecho de los ciudadanos;
plantear un POS completo para todos los colombianos puede costar
$6 billones, pero eso no implica que el gobierno tenga que girar
un cheque para respaldar la sentencia; significa tomar de nuevo
en cuenta lo que estableció la Constitución y
la Ley 100, y ponerlo en práctica. Es priorizar fuentes
de ingreso sectoriales y repensar el gasto.
Pese a la importancia de la sentencia, su trascendencia real
puede no ser tan impactante. Según el presidente de Fedesalud,
es difícil que el sistema saque los recursos para cumplir
y estirar los subsidios completos a la mayoría de la
población sin más reflexiones: sería absurdo
en términos de seguridad social del futuro. Además
recuerda que antes se burlaron repetidamente fallos de la Corte,
como el paripassu, dejando en duda la efectividad de las órdenes
de la Corte. Pero se puede esperar una presión desde
el alto tribunal hacia el Ejecutivo, como en el caso de desplazados,
para mejorar la situación en salud: Cumplir el
derecho a la salud de los colombianos implica replantear su
financiamiento, un nuevo acuerdo social entre patronos, trabajadores
y Estado para garantizar los derechos de seguridad social; eso
incluye que no pueden crearse mecanismos legales de contratación
que permitan evadir la obligación de los empleadores
de hacer aportes a la seguridad social. |
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