MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 121  OCTUBRE DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


OISS: “El problema no es el
termómetro, sino la enfermedad”
Hernando Guzmán Paniagua - Periodista - elpulso@elhospital.org.co

“Hace tiempo estamos en mora de igualar los planes obligatorios. La Sentencia es un avance en la aplicación del principio de equidad, que inspira los sistemas de seguridad social, pero la crisis de la gestión del Sistema no se resolverá con esta sentencia”, estimó Gina Magnolia Riaño, directora de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) para Colombia y el Área Andina.
Explicó: “Yo he insistido en que los sistemas de seguridad social tienen tres pilares fundamentales:
1) El marco de derechos: qué se reconoce a las personas; 2) El equilibrio financiero; y 3) La gestión. Cada vez que hay crisis del Sistema, corremos a modificar las normas, pero no se trata de normas sino de gestión. Estamos aún en mora de tener un eficiente servicio de información, unas bases que nos permitan cruces de datos oportuno y en tiempo presente. En América Latina, nuestro sistema posee el mayor nivel de recursos y la gestión será completa; en la medida en que hagamos un ranking de cuánto cuesta la administración del Sistema, unos estándares que la vuelvan más eficiente y así, liberar recursos para la ampliación del plan obligatorio de Salud, esa equiparación es una deuda con el principio de equidad”.
Agregó: “Colombia debe entrar a la era de los países donde la salud es financiada con impuestos generales, universal, y con un plan igual para todos los ciudadanos .En estos 15 años se triplicaron los recursos para la salud de Colombia, uno de los países de América Latina que más invierte de su PIB (Producto Interno Bruto) en salud. La reflexión que urge hacer es: ¿qué tanto esta inversión de recursos ha mejorado la salud de los colombianos, se refleja en la mejora de la calidad de vida, en la disminución de las enfermedades? La sentencia obliga a inyectar más recursos al Sistema, pero falta un análisis de costo-eficiencia, para ser claros en las cuentas y avanzar en la gobernanza del Sistema. El gobierno, y todos, tendremos que hacer un esfuerzo que se verá reflejado en una mejor política de salud para los colombianos”.
En un estudio, la OISS llamó la atención sobre la judicialización del sistema de seguridad social en Colombia, donde hay una tutela cada 5 minutos: “La judicialización no es causa sino consecuencia de una caótica administración del Sistema, que se refleja en el aumento de la litigiosidad. El problema no es el termómetro sino la enfermedad: el sistema de aseguramiento que tenemos en Colombia que es de competencia regulada con un plan de beneficios definidos, no es gobernado de manera eficiente. Otro problema es que los jueces se extralimiten en sus fallos y que de alguna manera co-administren. Pero una cosa es la jurisdicción ordinaria que dirime los conflictos entre los particulares, otra la contencioso-administrativa (entre particulares y el Estado), y otra la Constitucional, cuya misión es garantizar el cumplimiento de los deberes constitucionales; y si nuestra Constitución establece que la salud es de principio universal, la Corte sólo está aplicando ese principio. Los sistemas de seguridad social en el mundo se rigen por 18 principios, nosotros sólo tenemos 3 en nuestra Carta Política: universalidad, solidaridad y eficiencia, y ninguno lo cumplimos. Lo que hay que preguntarse es de dónde saldrán los recursos, pero por la vía de la mejor eficiencia se liberarán en gran cantidad. Cuando en Europa se mide la eficiencia de los sistemas de salud por estándares de administración, nosotros no podemos saber ni cuándo está costando la operación, tenemos 50.000 operadores privados, el organismo de vigilancia y control no ha tenido la suficiente coherencia para cumplir su misión, es un sistema totalmente entregado al manejo de los particulares. Tanto el aseguramiento como la prestación exigen un órgano regulador y controlador muy fuerte, y la Supersalud no ha ejercido esa función: las instituciones con mayor número de tutelas por negar procedimientos incluidos en el POS, no están sancionadas”.
 
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