MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 125  FEBRERO DEL AÑO 2009    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Observamed:
“Superar irracional política de precios de medicamentos actual”

Hernando Guzmán Paniagua - Periodista - elpulso@elhospital.org.co

"Es un hecho que -en cuestión de medicamentos- la inclusión en el Plan Obligatorio de Salud POS, tiene un indudable efecto regulatorio de precios", planteó Oscar Andia Salazar, director del Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana. "Este mecanismo -aseveró- funciona de una forma más eficiente que las circulares de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, porque involucra el interés económico de "grandes consumidores" y éstos -obviamente- son más eficientes en este campo. En esta perspectiva, el paso de POS al nuevo PLUS es toda una oportunidad para corregir las imperfecciones de este mercado, anteponiendo siempre los intereses de la salud pública".
"Es la oportunidad propicia -explicó Andia Salazar- para incorporar el POS al PLUS, es decir, mantener en el PLUS los principios activos que ya incluye el POS; simplemente, excluir los medicamentos que ya están en desuso. Ello implica: 1. Incorporar al PLUS los principios activos que no están incluidos en el actual POS y tienen gran impacto en el NÚMERO de recobros al Fosyga. Por ejemplo, de acuerdo con los recobros de abril de 2006 a diciembre de 2007, nada justifica que medicamentos como NOREPINEFRINA (24.885 recobros efectivos), CEFEPIMA (13.746 recobros efectivos) y CLOPIDOGREL (11.768 recobros efectivos), estén por fuera del PLUS. Estamos hablando de 50.399 decisiones a favor del paciente que el Fosyga simplemente tuvo que reconocer y pagar.
Es decir, algo se tiene que hacer para evitar miles y miles de procesos inútiles, donde ya se sabe lo que los jueces dictaminarán. B) Incorporar al PLUS los principios activos que no están incluidos en el actual POS y tienen gran impacto en el VALOR de los recobros al Fosyga. Nos referimos a medicamentos como IMATINIB con el que de 2002 a 2005 se recobraron más de Col$12.000 millones y RITUXIMAB con el que de abril de 2006 a diciembre de 2007, se recobraron más de Col$16.000 millones. Naturalmente, esto implica un recálculo de la UPC, que de cualquier forma "toca" hacer. ¿Es conveniente mantener la política que privilegia la prescripción de genéricos? Es imposible plantearse lo contrario. Pero falta resolver de una vez por todas las dudas sobre la calidad de los genéricos. Y eso pasa por desarrollar conceptos de "equivalencia terapéutica" e implantar genuinos sistemas de farmacovigilancia, temas vitales en los que actualmente trabaja la Federación Médica Colombiana. Apenas unas horas después de publicada la sentencia, el Ministro de la Protección Social, Diego Palacio, ya estaba declarando ante los medios sobre su total inviabilidad financiera, arriesgándose incluso a lanzar unos costos estimados. Obviamente se trató de una precipitud, con datos sesgados y argumentos verosímiles".
Observamed puntualizó al respecto: "1. En los últimos números del Boletín del Consumidor de Medicamentos que publica nuestro Observatorio, afirmamos que Colombia vive el 'trienio de la desregulación y la desinformación', pues desde la Circular 04 de 2006, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos eliminó los mecanismos regulatorios que fijaron las Circulares de 1999, 2002, 2003 y 2005 y destruyó el sistema de reportes de precios que funcionaba regularmente desde 1999. Sobre reportes de precios, la Circular decía que los reportes del 3er. trimestre se publicarían a principios del 2007 y en este momento no existe ni un solo dato publicado. Por lo tanto, si el mercado farmacéutico -reconocido por todos como uno de los más imperfectos- permanece más de 2 años sin regulación ni información, es natural que una propensión al alto costo le dé la razón al Ministro. Con el nivel actual de desregulación y desinformación, el cumplimiento de la Sentencia vale los miles de millones que Ud. quiera y obviamente, se genera la inviabilidad financiera del cumplimiento de la Sentencia Constitucional T-760 de 2008".
"2. Pero, si en lugar de uno de sus asesores, el Ministro fuese otra vez Juan Luis Londoño y la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (CNPM) tuviese los reflejos de fines del 2002 y principios de 2003, primarían los intereses de la salud pública, tendríamos en régimen de 'control directo' (o nivel más alto de regulación) a por lo menos 118 principios activos 'exclusivos', los que más impactan sobre el financiamiento del sistema y el bolsillo de los pacientes. Así, con un sistema regulatorio sólido y justo, y un sistema de información dirigido a beneficiar a los consumidores y dar transparencia al mercado, los costos se vuelven razonables y la viabilidad financiera del cumplimiento de la Sentencia T-760 factible. Lo que no parece factible es el cambio en la orientación de las decisiones de la CNPM".
Para el Observatorio, "el Plan debe ser 'limitado', pero limitado solo por la racionalidad científica y económica, enmarcada en el indeclinable compromiso de cumplir con el espíritu y la letra de la sentencia constitucional. En cuanto a propuestas concretas para la solución estructural del problema y la viabilidad financiera del cumplimiento de la Sentencia T-760 en materia de medicamentos, básicamente se trata de ver qué pasaría si se reconocen las inconsistencias del actual régimen de precios de medicamentos y se adelantan cambios urgentes, en regulación e información que la viabilidad financiera del sistema necesita, con o sin Sentencia T-760. Proponemos por ejemplo: Derogar el Art.35° de la Circular 04 de 2006, restablecer el régimen de 'control directo' automático para medicamentos 'exclusivos' y restablecer las 2 funciones que le corresponden al régimen de 'control directo', que son: evitar el impacto de prácticas monopólicas y defender la viabilidad financiera del sistema. Esta medida produciría de inmediato dos efectos favorables: el gobierno tendría otra vez la capacidad de negociar precios antes de autorizar un precio máximo al público. Esto sería particularmente importante en el caso de medicamentos 'innovadores', especialmente los 'biotecnológicos', para concertar precios justos, "ex-ante", con el atractivo del acceso al mercado colombiano".
"La política actual de libertad total en los precios de estos productos -prosiguió el doctor Andia-, reconocerles cualquier valor en los recobros al Fosyga y luego "ex-post" pretender regular precios (después de demostrar prácticas monopólicas con estudios comparativos en 8 países de referencia) es claramente irracional y nos está llevando inexorablemente a la quiebra del sistema. La autorización de precios máximos al público para los productos que más impactan los costos del sistema, generaría automáticamente unos 'precios de referencia' para el manejo de recobros al Fosyga, eliminando de entrada los sobrecostos y las prácticas perversas actuales. Hay otras opciones de regulación del impacto de los medicamentos de alto costo en la viabilidad financiera del sistema, como las rumoradas licitaciones internacionales, sin que sean solución estructural y teniendo alcance limitado: A. Hacer públicos los reportes de precios al SISMED. No existen razones técnicas válidas que justifiquen un retraso de más de 2 años en la difusión de la información reportada (así sea con inconsistencias iniciales, que todos entenderíamos). Lo realmente grave es especular con estos datos y dejar a los consumidores sin acceso a una información, que por Ley debe ser pública. Esto, por defectos de la norma (que obliga a reportar los precios unitarios de las facturas de mayor y menor valor, que en ambos casos siguen siendo precios "ex-factory", de fabricante o importador) no resolvería el tema de información de precios al consumidor, pero serviría de base cierta para que los diferentes actores del sistema calculen o pacten márgenes de comercialización".
"A futuro -considera Observamed-, es fundamental revisar la información reportada y evaluar su validez, para introducir rectificaciones que garanticen los beneficios del sistema para la salud pública. B. Reajustar la conformación y funciones del Grupo Técnico Asesor (GTA), para que maneje los aspectos económicos del medicamento en forma equivalente al manejo de los aspectos científicos que hace la sala especializada de medicamentos de la Comisión Revisora del INVIMA. Lo deseable es que el GTA sea un organismo técnico de primer nivel, con capacidad suficiente para guiar a la CNPM hacia el desarrollo de recursos de política farmacéutica nacional para facilitar el acceso de los colombianos a los últimos avances terapéuticos, estimulando al mismo tiempo el desarrollo científico-técnico y económico en este campo. En cuanto a las medidas de farmacovigilancia y el ejercicio de inspección, vigilancia y control en la cadena del medicamento, la Federación Médica Colombiana (FMC) tiene 2 ideas concretas que enunciamos, pero que por razones de espacio debemos desarrollar en otra oportunidad. Son la implantación del concepto de "equivalencia terapéutica" en la búsqueda de garantía de calidad de los medicamentos y la propuesta del "Sistema Nacional de Farmacovigilancia" que sumaría la participación determinante de médicos formados en farmacovigilancia a los esfuerzos que actuales en este campo. Vale la pena recordar que la FMC ya actúa en este campo con la mayor base de datos farmacoeconómica del país".
"Los medicamentos biotecnológicos como los 'MABs' o anticuerpos monoclonales, los 'NIBs' o inhibidores de la protein-quinasa y los 'antineoangiogénicos' (para mencionar solo los que más impactan al FOSYGA), estarían sometidos al régimen de "control directo" automático. Faltarían dos medidas, sin las cuales, todo sería utopía: 1. archivar el borrador del nuevo Decreto reglamentario de Registros Sanitarios que el gobierno prepara y que -de imponerse- añadirá "barreras tecnológicas" a las protecciones de "patentes" y "protección de datos de prueba" que ya tienen estos productos de última tecnología. El Decreto -tal como está redactado- elimina la posibilidad del desarrollo de productos genéricos, llamados "biosimilares". Calcule entonces el impacto de la falta de opciones genéricas sobre la viabilidad financiera del sistema. 2. Revisar el Acuerdo Comunidad Andina de Naciones - Comunidad Europea, aprobado, y que otorga en este campo los máximos niveles internacionales de protección a la propiedad intelectual. En este punto el Acuerdo CAN-CE es peor que el TLC con Estados Unidos. Recordemos que las principales transnacionales que comercializan medicamentos biotecnológicos tienen origen europeo (Roche, Novartis, Aventis, GlaxoSmithKleine, Bayer-Schering, etc.)", concluye el análisis del Observatorio del Medicamento.
 
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