MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 51   DICIEMBRE DEL AÑO 2002    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Defensoría exige que se controle alta evasión en chance
Olga Lucia Muñoz López - Omaira Arbeláez Echeverri - Periodistas, Medellín elpulso@elhospital.org.co

Mediante la Resolución Defensorial No. 19 del 5 de febrero de este año y después de adelantar la investigación respectiva, la Defensoría del Pueblo requirió al gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud, para que dotara a la Superintendencia Nacional de Salud de todos los recursos y mecanismos de control y seguimiento que le permitan adelantar una efectiva fiscalización de quienes tengan a su cargo el manejo de dineros asignados a la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Este requirimiento se extendió a la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelantara las investigaciones que permitieran establecer si efectivamente el monto de la evasión en dineros derivados de la operación del juego de apuestas permanentes (más conocido como "chance"), ascendió para los años 2000 y 2001, a sumas del orden de los $100.000 millones en cada uno de dichos períodos.
Igualmente, solicitó a la Superintendencia que dichas investigaciones deberían definir las responsabilidades de diversa naturaleza que correspondan a los distintos agentes que administran dineros de destinación específica para la salud.
La Defensoría también alertó a los Ministerios de Salud y de Hacienda sobre la necesidad de promover una cabal y exigente reglamentación de la Ley 643, de manera que se privilegiara exclusivamente el interés social y cesara el aprovechamiento particular de las ambigüedades y vacíos interpretativos que se ofrece a los comercializadores de los juegos de azar.
La Defensoría también recordó a ambos ministerios, que la oportunidad de reglamentar la Ley 643, permitirá que se definan pautas objetivas de control para la actividad y para los sujetos materia de supervisión, y que en ese entendido, resultaría pertinente imponer a los operadores particulares de las apuestas, exigencias y precisiones como la utilización de una contabilidad regular, con registro diario manual o magnético, de las operaciones realizadas; definición precisa de la productividad mínima por la que debe responder el operador del juego, así como de las medidas necesarias que garanticen su transferencia oportuna al sistema de salud; prohibición de efectuar deducciones o descuentos que afecten la base gravable, constituida por los ingresos o ventas brutas de las apuestas; previsión de que cualquier compensación o devolución de derechos de explotación, que intente justificarse en la disminución de los ingresos previstos por el concesionario al momento de presentar su oferta, deba responder a un estricto proceso de acreditación que demuestre objetivamente la variación sustancial de las condiciones que sirvieron de base para la presentación de la propuesta licitatoria; radicación, en cabeza del contratista, de la explotación rentística, de la obligación de suministrar oportunamente y de implantar, por lo menos, los siguientes mecanismos de verificación: Instalación de lectores electrónicos de formularios, remisión periódica de la relación de premios pagados, envío del listado de premios caducados y no pagados, y entrega de informes que contengan la discriminación de gastos de administración y de costos de operación.
Igualmente, y como formula para detectar el expendio "ilegal" de apuestas, que se definan procedimientos y mecanismos de identificación y carnetización de los vendedores del chance, en su calidad de dependientes de un agente del concesionario respectivo.
Copia de esta resolución defensorial se envió al Comité de Seguimiento del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a los Ministerios de Salud, y Hacienda, a la Superintendencia Nacional de Salud y a las empresas territoriales titulares de la renta de las apuestas permanentes (loterías) para los efectos de su competencia. Además, se incluyó en el Informe Anual que el Defensor del Pueblo presenta al Congreso de la República.

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