MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 53   FEBRERO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co
Fundado en Medellín, el 30 de julio de 1998. Director: Julio Ernesto Toro Restrepo. Comite Editorial: Augusto Escobar Mesa, Juan Guillermo Maya Salinas, Javier Ignacio Muñoz. Editora: Albaluz Arroyave Zuluaga. Dirección Comercial: Diana Cecilia Arbeláez.
Del Sisbén en caliente entre otros demonios

En varias ocasiones El Pulso ha propuesto que dentro del componente de salud del Sistema de Seguridad Social, se implante la identificación única de los afiliados, puesto que existe un sólo sistema de seguridad social y no tantos como operadores hay, y que se establezca un componente de pagador único. De esta manera se eliminaría el ruido que existe con la multiplicidad de criterios al presentárseles un cobro por un mismo tipo de evento, las demoras inexplicables y la gran variedad de exigencias y condiciones por parte de los operadores. De estas fórmulas que consideramos interesantes, es imposible excluir, por supuesto, los fenómenos de corrupción y malos manejos, que es lo que se le ha endilgado como debilidad a la propuesta, pero todos sabemos que en realidad ningún proceso se libra de las acciones perversas de los malos hijos de la patria que son capaces de quitar, para su propio y exclusivo beneficio, lo que en justicia le corresponde a otros que se encuentran en condiciones desventajosas. Esa es la lucha contra la corrupción que hay que dar y mantener, y que no puede descuidarse en ningún momento. No puede ser por tanto elemento descalificante de la propuesta de El Pulso, el riesgo de que se asalten los intereses comunes.
Para eso está la ley que se encomendó hacer cumplir a los organismos del Estado.
Ahora estamos ante la reforma del régimen subsidiado que, a nuestro juicio, no obstante que ella persiste en la disociación de los regímenes, puesto que desea "fortalecer la función de las Administradoras del Régimen Subsidiado" y busca "integrar en un solo cuerpo normativo las disposiciones que regulan la forma y operación" y pretende "corregir y evitar las inconsistencias en el proceso de afiliación", anuncia que "cualquier ciudadano puede solicitar en cualquier tiempo, que le sea aplicada la encuesta Sisbén en su municipio de residencia". Si se da completa aplicación a este punto, se justifica plenamente la reforma. Hoy por hoy existen grandes problemas con la cancelación de servicios prestados a pacientes que por múltiples razones no tienen el Sisbén en el momento del evento, pero ninguna es por cuenta de los hospitales. A estos les ha tocado, de manera injusta y si se quiere abusiva, que se les niegue el pago de la atención de estos enfermos que desde el punto de vista asistencial son de su competencia, y desde el punto de vista legal y humano son de su obligación.
Ninguna razón es valedera para que las Direcciones Seccionales, responsables de los pacientes de nivel tres, persistan en hacerse las de la vista gorda para la cancelación de los servicios a los hospitales, aduciendo que estos pacientes no tienen el Sisbén en una mano mientras el trapiche les maceraba la otra. En nuestro medio, ya lo sabemos todos, la gente si hace los trámites y diligencias, es en el último momento. El asunto del Sisbén y el pago de servicios médico -asistenciales, debe hacerse simplemente si el paciente tiene o no las condiciones para ser beneficiario y no acusándolo y amedrentándolo por no tener a mano un papel, cuando se sabe que tiene en su ser un derecho. En esto nunca cupo la lógica y siempre se derrotó el sentido común, el espíritu de servicio y el fundamento de un derecho. Sólo por este ítem, creemos que se justifica la reforma.
Se cierra la presente discusión cuando se afirma en el texto reformatorio que "La aplicación de la encuesta del Sisbén, su implementación, administración y calidad de la información, será responsabilidad del Alcalde del respectivo municipio o distrito y cuando se trate de corregimientos departamentales será responsabilidad del Gobernador". Es decir: si el paciente no presenta sus cartas credenciales y no acredita su derecho, en ningún momento su atención será por cuenta de los hospitales, como es lógico, pues ya se establece con toda claridad la responsabilidad de los municipios y departamentos. Esperamos que ahora sí, sin ambages y sin esguinces, se cancele lo que se debe a las entidades que prestan sus servicios a los enfermos que recurren a ellas, y ojalá no volver a escuchar más el argumento aquel de que la razón por la cual no se les paga, es para presionar a las gentes a tramitar y obtener sus documentos. La discusión ya larga y por cierto muy costosa y ridícula de negar, la validez del llamado Sisbén en caliente, debe pasar a ser un recuerdo a partir del momento en que aparece la obligación en los entes territoriales, que según la ley misma, son los responsables de pagar.

 




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