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Reglamentación
Ley 715 de 2001
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Menos recursos para
vinculados
Ana C. Ochoa Periodista, Medellín
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Luego de proceso de discusión y aprobación
de la Ley 715 del 2001, mediante la cual se reformó
la Ley 60/93, las cartas están jugadas, afirma Julio
Alberto Rincón quien, en agrupación con los
secretarios de salud municipales, trabajó con intensidad
en el debate que precedió la reforma. Las siguientes
son algunas inquietudes frente a los recursos para el sector.
El CONPES sólo distribuye 11/12 del total de los recursos
asignados, dejando en veremos un billón dieciocho mil
millones de pesos, prácticamente el crecimiento que
se esperaba para el año 2002. De esta forma los municipios
sólo tendrán presupuesto para 11 meses, enero
~ noviembre. ¿Como cumplirán los municipios
compromisos en el mes de diciembre si los recursos correspondientes
a ese mes, sólo serán asignados en enero del
2003? Esta es una jugada de tipo fiscalista que pretende congelar
recursos municipales y departamentales haciendo contención
de costos y atropellando su capacidad de gestión.
La mayoría de municipios ve una importante reducción
de los recursos disponibles por el Sistema General de Participaciones
2002 para atención a los vinculados, ahora llamada
población pobre no cubierta por el régimen subsidiado.
Esto contradice el postulado de que se recibirían en
términos generales los recursos del año 2001,
más el crecimiento por inflación. La distribución
de estos recursos un 59% para II y III nivel a cargo de los
departamentos, y un 41% para I nivel, a cargo de los municipios
es desequilibrada.
La mayoría de municipios ve una importante reducción
de recursos disponibles para acciones en salud pública
locales. En múltiples ocasiones, como consta en los
documentos de discusión de la Ley, la Federación
Colombiana de Municipios y los secretarios de salud a través
de Cosesam, advirtieron que la distribución de estos
recursos entre departamentos y municipios -45% y 55% respectivamente-
era inadecuada e insuficiente para los municipios, teniendo
en cuenta las responsabilidades asignadas.
Se encuentra un fortalecimiento de los recursos para salud
pública y atención de la oferta en II y III
nivel de complejidad en los departamentos, situación
plausible si no fuera a costa de los niveles municipales.
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La exagerada legislación
en salud
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Lo que faltaba... la Ley
715
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El Subdirector de Planeación
de la Secretaría de Salud de Medellín, Antonio
Abad es enfático. La ley 715 ratifica la apreciación
de muchos: existe en nuestro país una exagerada legislación.
Y en tantas reformas, una intentando superar a la otra, se
cambian muchas veces aspectos de forma y no de fondo. En este
caso particular, artículos de las Leyes 10 y 60, en
su debido momento debieron ser modificados evitando este nuevo
y largo proceso de reglamentación que, como siempre
ha ocurrido, no ha sido planeado de manera adecuada por los
organismos competentes. Todo eso podrá producir en
nuestro oprimido sector un caos peor que el actual.
Se podría sospechar que los planificadores económicos,
los únicos tenidos en cuenta en este país, se
aprovecharán otra vez de su mejor herramienta: la confusa
reglamentación. Esa reglamentación que permanentemente
generan, cargada de vacíos jurídicos severos
para confundir a inexpertos alcaldes, directores locales de
salud, y otros actores. Pareciera que su única pretensión
fuera favorecer las políticas centralistas, que promueven
la reducción de los recursos a las regiones, afectando
las deficitadas arcas de los entes departamentales y locales.
La atención a la oferta, o a la mal llamada población
vinculada, será la más afectada. Los recursos
de libre inversión de los ya históricos ICN
(Ingresos Corrientes de la Nación), generaron algunos
aportes para la atención de esta población y
para el desarrollo de la red de servicios que los atendía,
básicamente las ESE públicas. Pero hoy no es
clara la inversión para estas atenciones. Y a las administraciones
sólo les queda la vaga esperanza de los irregulares
recursos de otra compleja y mal reglamentada ley que es la
de los juegos de azar.
Durante los años anteriores, la promoción de
la salud y la prevención de la enfermedad no beneficiaron
a la población según lo establecían las
normas. Valga recordar, planes de beneficio de los regímenes
contributivo y subsidiado reglamentados por las resoluciones
3997, 4288 de1996, la 412 de 2000, las circulares del Consejo
Nacional de Seguridad Social en Salud que las orientan, etcétera.
Ahora, cuando estas acciones no han producido ningún
beneficio -debido también a la falta de vigilancia
y control de los organismos competentes- se entregan a las
desprestigiadas direcciones locales de salud, seguramente
con el único fin de disminuir aún más
los recursos. Sin importar siquiera de qué se esté
muriendo o enfermando la comunidad y con un agravante: la
falta de orientación y la ausencia total de planeación
del improvisado Consejo Nacional de Seguridad Social, ya a
sólo mes y medio de una contratación del régimen
subsidiado. ¿No será que se está favoreciendo
la creación de empresas de papel para que los oportunistas
de turno contraten la promoción y prevención,
fotocopiando el fracaso de muchas de las Administradoras del
Régimen Subsidiado que se beneficiaron con los recursos
del Sistema, enriqueciendo a unos pocos? Luego fueron premiadas
por la Superintendencia Nacional de Salud que las suspendió,
pero no les aplicó ninguna sanción.
Otras leguleyadas
Para completar el descalabro de las leguleyadas del sector,
en dos artículos de sólo un renglón de
la Ley 715, y sin la más mínima explicación,
se les entrega a los entes departamentales y municipales de
nuevo obligaciones, no claras, en lo referente a los sistemas
de información, hoy en manos exclusivas del Ministerio
de Salud. Desde 1998 la resolución 2542 estableció
el sistema integral de información, luego la 2546 del
mismo año determinó datos mínimos, responsabilidades
y flujos -los famosos RIA- para terminar con la resolución
3374 de 2000 que modificó de nuevo el sistema con los
RIPS, de los cuales todavía no conocemos sus beneficios.
Qué se podrá esperar entonces si la instancia
rectora del sistema no ha podido en tres años organizar
uno de los elementos fundamentales, la información,
y ahora se devuelven competencias a los entes territoriales
luego de varios años de abandono.
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