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1º de abril se suscribirán nuevos contratos de municipios
con ARS |
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Con seguridad que
el mes de marzo pronto se convertirá en proverbial
en el medio de los actores del Sistema General de Seguridad
Social en Salud (SGSSS), por cuenta de la complejísima
formalización de nuevos contratos de los municipios
con las Administradoras de Régimen Subsidiado (ARS),
fijada para el 1° de abril de cada año.
Y es que si bien el Acuerdo 244 logró interesantes
avances como la simultaneidad en los períodos de contratación
o los criterios de identificación, selección
y afiliación de beneficiarios, también hay que
destacar que poco queda de su propósito casi redentor
de unificar en un cuerpo normativo al régimen, de restar
complejidad a su operación, e incluso largos tramos
de la norma han quedado francamente olvidados, como la cacareada
regionalización, más el endémico ahogo
por la difícil financiación del sistema.
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¿Libre traslado entre
ARS?
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Un
asunto importante en relación con la continuidad en la
afiliación de los 11'772.725 colombianos inscritos en
el régimen subsidiado, es el de los traslados de afiliados
entre ARS. Según determinación del Consejo Nacional
de Seguridad Social en Salud -CNSSS-, para el período
de contratación que comienza el 1º de abril, los
afiliados al régimen subsidiado seguirán en las
mismas ARS y el traslado sólo podrá hacerse para
el 1º de abril de 2005. Esto se fundamenta en que la nueva
encuesta Sisbén no se ha terminado de aplicar a toda
la población y en las deficiencias en las bases de datos
remitidas por los entes territoriales al Ministerio de la Protección
Social.
Por bien fundamentada que parezca esta instrucción, no
son pocos los que ven en ella un atentado contra el principio
de libre elección de prestador consagrado en la misma
Ley 100 de 1993. |
Además hay un componente adicional
que hace más complejo este proceso de contratación,
y es que el mismo está a cargo de los nuevos gobiernos
municipales que no conservan en muchos casos ni la experiencia
requerida ni la memoria histórica de la evolución
reciente del régimen subsidiado, indispensables para
sacar adelante tal desafío.
Financiamiento del régimen subsidiado
El ex-ministro de salud doctor Augusto Galán Sarmiento,
actual director ejecutivo de ACESI (Asociación Colombiana
de Empresas Sociales del Estado -ESE- y Hospitales Públicos)
y representante por las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud (IPS) ante el Consejo Nacional de Seguridad Social
en Salud (CNSSS), anota que uno de los mayores problemas
que existen en el Sistema se relaciona con la falta de claridad
sobre la viabilidad financiera del mismo. Padecemos la barrera
del cupo fiscal que mantiene recursos del Fosyga atrapados.
Uno de los mayores expertos en financiación del SGSSS,
el consultor independiente Iván Jaramillo, explica que
las fuentes de financiación del régimen
subsidiado son 70% de transferencias de la Nación (Sistema
General de Participaciones -SGP-) y 30% de solidaridad (Fosyga).
Hasta ahora las transferencias están estables, ya que
las protege la Constitución, sin embargo se han ido retrasando
los recursos mediante un ardid consistente en no girar la doceava
parte en enero siguiente hasta embolatarlo. Además el
documento Conpes 77 apenas programa el desembolso del 60% de
las transferencias para la próxima contratación.
Por su parte, Fosyga llega con un atraso de 180 días
o más, ya que el gobierno lo utiliza para cubrir el hueco
fiscal comprando Títulos de Tesorería (TES) y
encima de todo congela los recursos, llegando a la enorme cifra
de un billón de pesos en este momento. Como resultado
de esto, los ingresos parafiscales resultan siendo solidarios
con el Ministerio de Hacienda.
El doctor Jaramillo remata con una sentencia palmaria: la
crisis fiscal es la que marca la pauta del sector salud.
Ampliación de cobertura
El doctor Julio Alberto Rincón Ramírez, asesor
de COSESAM (Corporación Colombiana de Secretarios Municipales
y Distritales de Salud), explica que los municipios podrán
ampliar cobertura con dos fuentes de recursos: el incremento
en 2% del valor real del Sistema General de Participaciones
2003 en salud (correspondiente aproximadamente a $55.000 millones)
y los recursos de los municipios y el Fosyga, provenientes de
excedentes o liquidación de contratos del régimen
subsidiado entre 1996 y 2003, como se acordó por el CNSSS
en el acuerdo 253 de 2003 [que pone en firme el decreto 3353
de 2003]. Con estos recursos se espera aumentar cobertura en
500.000 afiliados durante el año 2004. |
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Habilitación de las
ARS
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Según
indica el exministro Galán Sarmiento, nos encontramos
a la espera de la expedición de las normas que definan
el nuevo marco operativo de las ARS. El modelo no funciona adecuadamente
y el decreto 163 de 2004 en lugar de aclarar, ha generado más
confusión.
Este decreto según el Doctor Rincón, ratifica
las condiciones básicas para que una ARS opere en un
municipio e indica que el proceso debe ser público y
visible a los ojos de la prensa y los ciudadanos, pero
dejó vacíos en relación a que parecía
sugerir que las ARS establecidas en los entes territoriales
tendrían que presentarse nuevamente causando un embrollo
de proporciones. Además, llama la atención en
que el decreto facilita la llegada a los municipios de
nuevas ARS, no importando el número de afiliados en cada
uno de ellos, lo que lleva al riesgo de dispersar los afiliados
en muchas ARS.
Con relación al decreto 163, el Doctor Elkin Hernán
Otálvaro Cifuentes, director ejecutivo de Cosesam, aclara
que el Ministerio de la Protección Social ha mandado
que la inscripción para la afiliación de
las ARS aplica sólo para aquellas que incursionen por
primera vez en el ente territorial y no cuenten con la resolución
de inscripción anterior al decreto 574 de marzo 15 de
2003. Además, la creación y conformación
de las juntas de licitaciones y adquisiciones están fundamentadas
normativamente en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios,
sugiriendo también que la reglamentación de la
habilitación de las ARS en cumplimiento al artículo
36 del acuerdo 244 del CNSSS, es parte de la agenda próxima
del gobierno.
Pero para el Doctor Gómez Mora, el fondo de todo el asunto
es más polémico: dilatar los procesos de
habilitación tiene dos finalidades: una es la de implementar
la capacidad técnica de las ARS pero también se
pretende defender a Caprecom, para lo cual también se
limita el libre traslado de usuarios |
Respecto de la primera fuente, el doctor Roberto
Hernán Gómez Mora, gerente de la empresa consultora
AJURISALUD, ha observado sin embargo que el documento
Conpes 77 asignó recursos para régimen subsidiado
pero no para ampliación de cobertura.
Acerca de la financiación con saldos, el Instructivo
DGSEP-RS-00204 de enero 29 de 2004 de la Dirección de
Seguridad Económica y Pensiones del Ministerio de la
Protección Social, solicita información sobre
los saldos excedentes y rendimientos financieros resultantes
de la liquidación de contratos del régimen subsidiado
de vigencias anteriores para ampliación de cobertura.
Esta información debería ser remitida por parte
de los departamentos (para los contratos suscritos en forma
tripartita por allá en los inicios del sistema), antes
de febrero 15 de 2003. Varias son las razones que ponen a dudar
a los especialistas de que esta información se logre
tener de manera consistente. Una es que el saneamiento contable
(Ley 716 de 2001 y Acuerdo 253 del CNSSS), indispensable para
comprobar estos saldos y rendimientos, no se ha terminado en
todos los municipios o no es discernida aún por los nuevos
gobiernos municipales. Otra es que por varias razones no hay
concordancia entre los saldos de liquidación y los fondos
locales de salud, ya que hay liquidaciones que no se concertaron
en los plazos legales, y otras que fueron hechas de manera unilateral
pero no han agotado la vía gubernativa o están
en el contencioso administrativo. |
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IPS: víctimas del
flujo de recursos
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Con
relación al impacto sobre los prestadores de servicios
de salud, el Doctor Galán Sarmiento apunta: Hemos
encontrado que el decreto 050 de 2003 no ha cumplido su propósito,
porque no es acatado. Esperamos encontrar pronto soluciones
prácticas para que la intermediación no le haga
más daño al Sistema en general y a los hospitales
en particular. Confiamos que esto se corrija, porque de lo contrario
la presión recaerá nuevamente en los prestadores
de servicios que tendrán que atender a la población
sin recursos financieros para hacerlo.
Al respecto el Doctor Rincón anota: El pago de
las ARS a los hospitales media procesos administrativos difíciles
y de glosas; los municipios también tienen cuentas pendientes
con las ARS que afectan su flujo y pago a los hospitales, con
el agravante de ser vigencias anteriores que en ocasiones no
se encuentran identificadas en los presupuestos territoriales
y además sigue sin solucionarse la liquidación
y pago por parte de las ARS que entraron en proceso de liquidación
en 2000 por la aplicación del decreto 1804 de 1998. |
Conclusiones
Lo cierto es que el ambiente entre los diferentes actores del
régimen subsidiado está caldeado. El Doctor Gómez
Mora analiza como se paralizan los traslados , se omite hasta
la fecha el aporte de Fosyga para ampliación de cobertura
y se mantienen congelados los recursos para la financiación
del sistema. Pareciera que se tratara de conservar una especie
de status quo en el que el gobierno central se auto-eximiera
de sus responsabilidades, se le delegaran a los municipios en
tanto posible y se trataran de centralizar las medidas de control.
Pone como ejemplo que el decreto 1265 contiene formatos
para giro directo por parte de la Nación a las ARS, no
en las causales para las IPS por parte del municipio.
En tal sentido el Doctor Jaramillo ve las cosas en forma parecida:
Se planea una reforma de las finanzas públicas
para recortar las transferencias, mientras que a los municipios
el Ministerio le quiere quitar el control haciendo la interventoría,
proponiendo arbitrariedades como el Fondo Nacional y no se les
fortalece como ordena la constitución, ni siquiera se
reglamentan los Fondos Locales de Salud. Entretanto al garante
del control del sistema, la Superintendencia Nacional de Salud,
se le paraliza congelándole los recursos para el funcionamiento.
En definitiva, el Ministerio ni raja ni presta el hacha.
Por lo pronto toca esperar a ver qué ocurre este mes
de marzo, en las vísperas del contrato. Si todo ocurre
como en la anterior contratación y las dos prórrogas
que se le hicieron, sin duda será un fárrago de
los mil diablos en el que toca estar haciendo en los dos o tres
últimos días lo que correspondía a los
dos o tres meses previos al 1° de abril. |
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