MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 61   OCTUBRE DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co

Fundado en Medellín, el 30 de julio de 1998. Director: Julio Ernesto Toro Restrepo. Comite Editorial: Augusto Escobar Mesa, Juan Guillermo Maya Salinas, Javier Ignacio Muñoz. Editora: Albaluz Arroyave Zuluaga. Dirección Comercial: Diana Cecilia Arbeláez.

Discútase y archívese

En el universo nada ocurre de manera aislada. Igual cosa parece que sucede en el sistema de seguridad social. Dado que la Ley 100 entró como plato fuerte, se pensó que ya estaba dicho todo lo habido y por haber, y que en lo tocante con el sistema de seguridad social, al menos en salud allí estaba lo grueso y fundamental. Y era lógico creerlo por su trascendencia y envergadura. Pero no, detrás de ella se han venido una serie de determinaciones complementarias que obligan a pensar que desde lo alto alguien tiene la visión del paquete completo y que la reforma no ha terminado aún. Por estos días se trabaja en el Congreso, por iniciativa del Ejecutivo, el proyecto de ley 017. Con la aprobación de la ley, en caso de que se de, se procura establecer los criterios generales que regulen el ejercicio, entrenamiento y empleabilidad del recurso humano para la atención en salud.
Desde el punto de vista laboral, el golpe más rudo de todo el contenido del Sistema General de Seguridad Social en Salud, sin duda alguna, lo han recibido los profesionales. La situación laboral de los odontólogos, médicos y demás profesionales, es lamentable. Muchos de ellos se encuentran casi en exagerado grado de postración y en el ambiente ha quedado la sensación de que lo logrado es un triunfo de algunas mentes: el derrotar a los médicos, y a fe que se ha logrado. Su situación laboral ya es conocida, aunque no suficientemente debatida, y su posición frente al ejercicio sagrado de su profesión es cuestionado por indicadores de tipo financiero y estándares y formatos tomados de la industria.
Hay que mirar y volver a mirar no solo el contenido sino lo que entraña el proyecto 017. No podemos perder de vista de donde venimos y eso por sí solo, debe poner a todo el sector alerta, no sea que luego sea tarde. No estamos sugiriendo la oposición cerrada, sino el análisis cuidadoso y ponderado. Debe ponerse atención cuando se trata de medir la formación profesional, la práctica profesional y el entrenamiento del personal auxiliar; todos son temas diferentes y de implicaciones distintas, como distintas son las condiciones de los profesionales, de los técnicos y de los tecnólogos.
De otro lado puede asegurarse, sin temor a equivocaciones, que el éxito de la medicina y más específicamente el éxito del ejercicio profesional, englobando en el término a todas las profesiones del sector de la salud, estriba en que se ha contado con una formación de muy alta calidad y esto, por supuesto, es algo que debe preservarse. La formación profesional debe responder, claro que si, a las necesidades del país, pero también debe cuidarse que responda al nivel de exigencia mundial, donde con el esfuerzo y sacrificio de los profesionales, en realidad hoy se encuentra. Después de lograr los triunfos que hoy ostenta la medicina colombiana, no podemos dar pie atrás para formar profesionales que respondan sólo a los intereses del mercado y a las exigencias del capital. A la idea de permitir que IPS y EPS formen el recurso humano, así sea en compañía con entidades educativas, debe ponérsele especial cuidado pues con ello se elimina la autonomía universitaria para definir contenidos de sus programas del área de la salud.
Todos los centros asistenciales que en convenio con las universidades realizan actividades docente-asistenciales han hecho un gran esfuerzo y han obtenido su recompensa con una mejor calidad de sus servicios, una actualización permanente de su personal y una cualificación de sus empleados, en virtud de la constante auditoría que simultáneamente se lleva a cabo con la prestación del servicio y la docencia. Los hospitales universitarios particularmente, han hecho un valiosa aporte como centros de práctica. Por ello su función como centro de docencia y práctica debe ser protegida desde el mismo Estado, pero sobre ello debe ganarse más y más conciencia por parte de las distintas universidades que sí deseen tener sus estudiantes en un ambiente de avanzado estado de habilidades y alto nivel de conocimientos. Tienen importancia del proyecto de ley 017, las iniciativas de certificación y recertificación del recurso humano para atención en salud por parte del gobierno, la creación del Registro Único de Recurso Humano para atención en salud, y los estímulos e incentivos.
Igualmente es importante lo propuesto frente a las terapias alternativas; allí se contempla que su ejercicio se permitirá exclusivamente a profesionales con título universitario.
Se propone que las políticas del recurso humano en salud estarían bajo el mando del Consejo Nacional de Recurso Humano de Salud, conformado por el Ministro de la Protección Social, el Viceministro de salud, el Ministro de Educación, un representante de las instituciones educativas de educación formal, otro de las de educación no formal y uno de las IPS públicas y/o privadas. Como se ve propiamente, no hay representación alguna de los profesionales de la salud como tales. Sería función y responsabilidad del Consejo "estudiar la coherencia de los contenidos, metodologías y sistemas de evaluación de los nuevos programas de formación en salud y su concepto será indispensable para realizar el trámite respectivo ante el ICFES". Igualmente sería de su ámbito, proponer las competencias laborales y profesionales de los diferentes técnicos, auxiliares y profesionales; asesorar el proceso de definición de estándares básicos de calidad para la autorización de centros de formación y escenarios de práctica; proponer sistemas de certificación y recertificación; estudiar la promoción de las culturas médicas tradicionales y de las terapéuticas alternativas; y gestionar recursos nacionales e internacionales para financiar políticas del recurso humano en salud. La ley concede facultades extraordinarias al presidente de la república por seis meses a partir de su entrada en vigencia, para expedir normas con fuerza de ley que definan los requisitos y calidades para el ejercicio de las profesiones de salud y sus especialidades. Esta es una buena manera de dejar las cosas inconclusas para que después con ninguna oposición y sin ningún debate, el Ejecutivo legisle a su amaño lo que no quiso exponer en el Congreso.
Queda la duda de si se tendrán en cuenta todos los estudios que sobre recurso humano ha hecho el país para diagnosticar y recomendar su manejo, desde la propuesta de Harvard en 1995 y su consecuente Programa de Apoyo a la Reforma en Salud, PARS, que incluso con dineros del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, financió 4 proyectos para recurso humano.
El proyecto 017 está crudo e inconcluso y requiere de profundos y juiciosos análisis antes de ponerlo como ley. Que se discuta para ganar en conciencia y que se archive.
 




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