MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 48   SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co

Reforma a la justicia

Con el advenimiento del nuevo gobierno, hace nuevamente aparición en el escenario nacional el tema de la reforma a la justicia, con múltiples temas que se ponen sobre la mesa de discusión y se someten a la consideración de la opinión pública, sin que se tenga alguna claridad de que es lo que realmente se ha de reformar.
Y es que la administración de justicia debe ser la columna vertebral del Estado de derecho, pues de nada sirve tener multiplicidad de normas que pretenden hacer posible la vida en comunidad, cuando no hay quien las haga cumplir. No puede haber un mejor ejemplo que nuestro país, donde abundan las normas y donde el ordenamiento jurídico tiene reglamentadas casi todas las situaciones de la vida ciudadana, pero su cumplimiento deja mucho que desear. Es bien llamativo como se hace indispensable la vigilancia de cada ciudadano para que cumplamos las más elementales normas de convivencia, y se hacen "ensayos" de comportamiento retirando la autoridad, con el fin de evaluar la capacidad de "autorregulación de la ciudadanía".
Un ejemplo, aunque no el más reciente, es el último Código de Tránsito; este ordenamiento legal ha dispuesto el incremento de las sanciones a las personas que actúen en contraposición a lo allí prescrito, pero, ¿quién hace cumplir estas normas? ¿Quién impone efectivamente las sanciones? Todos vemos como se violenta reiteradamente por los conductores el Código de Tránsito y se transgreden las luces de los semáforos poniendo en riesgo la vida, los bienes y la integridad personal de pasajeros y peatones. Pero, como no pasa nada......
La carencia de la administración de justicia en nuestro medio está saturada de rituales que a nada conducen, al punto que los procesos verbales son escritos y salvo aquellas demandas de protección a los derechos fundamentales que se tramitan por la vía de la tutela -que tienen un término perentorio para ser fallados so pena de sanciones disciplinarias para el fallador-, todos los demás deben sufrir trámites interminables, términos innecesarios que eternizan los procesos, soportados en una presunta garantía de los derechos de los individuos; garantía ésta que en muchas oportunidades es aprovechada por los demandados para ocultarse, impidiendo que se adelanten los trámites que garanticen el ejercicio del derecho, y en no pocas veces, generando la prescripción de acciones. Todo esto conlleva a que las definiciones de los derechos que se discuten llegan tan tarde, que generan violencia.
Ahora bien: no solo es necesario que los procesos terminen. Es indispensable que las decisiones que la administración de justicia toma sean realmente cumplidas en lo civil, y que las sanciones por la transgresión de la norma sean ejemplarizantes y permitan la reeducación del delincuente, pues no existe otra manera de garantizar que el delito no paga.
Pero cosa bien distinta sucede en nuestro medio: leímos con sorpresa un titular de prensa, donde se informaba de la liberación de una persona secuestrada y la captura del autor intelectual y material del delito, quien había estado retenido por los delitos punibles de concierto para delinquir, hurto calificado y secuestro simple, delitos por los cuales purgó una pena de 3 años. Obviamente que no conocemos las intimidades del proceso que lo llevó a pagar esta condena, pero si es de preguntarse si la comisión de estos delitos comenzando por el secuestro, que ha sido condenado internacionalmente como el culmen de la violación de los derechos de las personas, amerita tan mínima sanción
Es entonces necesario cambiar la mentalidad de jueces y abogados, para que los trámites que se adelanten realmente logren el objetivo pretendido, que no puede ser distinto a que la administración de justicia sea efectiva; es decir: para que las discusiones de orden legal que se someten a consideración de los Jueces de la República sean resueltas de manera oportuna, pues como lo afirmó el Señor Presidente del Senado, Luis Alfredo Ramos Botero, en su intervención en la posesión del Presidente Uribe Vélez: "Un Estado sin justicia pronta, es un Estado sin justicia". Y agregamos: donde no hay justicia, la violencia es ama y señora.
De otro lado, es indispensable que nuestra legislación sea modificada para que las sanciones a la ley penal cumplan con su razón de ser: permitir la vida en comunidad y la resocialización del delincuente, donde realmente el delito no pague.

 

 









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